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Encargado

Luis Tapia San Martin

Horario de atención

Lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas

Función

Gestiona y regulariza trámites para constituir Organizaciones Comunitarias Territoriales y Funcionales y mantener su directorio vigente.

Nuevas Organizaciones Comunitarias

Para constituir una Organización Comunitaria Territorial y Funcional se debe solicitar un ministro de fe. El trámite se realiza en la Oficina de Partes y se debe indicar el día, lugar y hora de la reunión a fin de que el alcalde designe un funcionario municipal que los constituya.

Efectuada la constitución y elección de la directiva provisoria, tienen un plazo máximo de 30 días para dejar los documentos (libro de actas y registro de socios) en Secretaría Municipal para la obtención de la personalidad jurídica y 60 días para realizar las elecciones del directorio definitivo.

1- Otorgar personalidad jurídica a nuevas organizaciones:

Luego de la creación de la Organización Comunitaria, se deben traer los antecedentes a Secretaría Municipal para la obtención de un número de personalidad jurídica. Plazo máximo desde de la creación: 30 días.

Deben traer:

  • 2 copias de los estatutos.
  • Libro de actas.
  • Libro de registro de socios.
2- Actualización del directorio

Para el trámite, deben presentarse todos quienes conformen la Comisión Electoral y entregar los documentos con:

  • Timbre
  • Libro de Actas

Todos los documentos deben entregarse firmados por las 3 personas que forman la comisión electoral y con el timbre de la organización.

Para realizar elecciones, pueden calcular los plazos ingresando al siguiente link: https://ley21146.msgg.gob.cl/simulador.php

Pasos previos para realizar la actualización del directorio

Sesión extraordinaria

Realizar una reunión con la intención de conformar la Comisión Electoral. Concretada la sesión, se debe fijar la fecha, lugar y hora para las elecciones. 

Asistencia a reunión extraordinaria

Listado de personas asistentes a reunión extraordinaria.

Información de elecciones

En Secretaría Municipal se debe presentar el documento en donde se exponen los datos de la institución, comisión electoral, lugar, hora y fecha de las elecciones, el cual será publicado en la página web del municipio con la finalidad de dar a conocer el evento. Debe ser entregado 15 días hábiles antes de la elección.

Inscripción de candidatos

Realizar la inscripción de quienes serán candidatos para ser parte de la directiva.

Sorteo de candidatos

Realizar sorteo con las personas inscritas para conocer su orden en el voto.

Pasos en el momento de la elección

Acta de elección

Indicar fecha, hora y lugar del proceso, además del listado de candidatos con y el número de votos.

Acta de constitución

Completar los datos de los cargos, presidente(a), secretario(a), tesorero(a) y los 3 suplentes. La Primera mayoría de votos corresponde al presidente y los demás cargos se acuerdan entre los elegidos. NO deben quedar en el directorio personas con 0 votos.

Registro de socios que sufragaron en la elección

Listado de socios que votaron, nombre y firma de cada uno (debe ser el documento original).

Pasos luego de realizar la elección

Entregar los siguientes documentos en Secretaría Municipal, dentro de los 5 días hábiles posteriores a realización de la elección.  

  • Acta de Elección (firmada por la Comisión Electoral y timbrada) 
  • Acta de Constitución (firmada por los socios electos y timbrada) 
  • Registro de Socios actualizado (firmado por la Comisión Electoral y timbrada) 
  • Registro de Socios que sufragaron en la elección (firmado por la Comisión Electoral y timbrada) 
  • Acta de Establecimiento de la Comisión Electoral, sesión extraordinaria (firmada por la Comisión Electoral y timbrada) 
  • Certificado de antecedentes de los socios electos 
  • Certificado de Vigencia del Directorio. 
3- Entrega de certificado provisorio

Para solicitar un Certificado de Vigencia Provisorio para las Organizaciones Comunitarias, deben realizar una solicitud a través de la Oficina de Partes. El documento podrá ser retirado en Secretaría Municipal tres días hábiles después de realizada la petición.  

Notas

Conforme a lo dispuesto en la Ley 19.418 todas las Organizaciones Comunitarias deben: 

  • En septiembre: presentar el registro de ingresos y retiros de socios (información de marzo a septiembre) Descargar formato aquí
Preguntas frecuentes

Una vez que se realice la elección el directorio, la organización queda habilitada para llevar a cabo cualquier actividad que estime conveniente, sin importar que aún no esté disponible el Certificado de Vigencia Actual y siempre y cuando haya vencido el de la directiva anterior.   

Revisar con el número de inscripción del Registro Civil en la Página https://www.registrocivil.cl/principal/servicios-en-linea, opción Certificado de Personalidad Jurídica.  

Plazo para la elección: 60 días mínimo desde que se realiza la reunión extraordinaria. 

Información de las elecciones:  se entrega 20 días antes de la fecha de la elección en Secretaría Municipal. 

Inscripción y sorteo de los candidatos:  se debe realizar 10 días antes de la votación. 

Entrega resultados de la Elección: máximo 5 días hábiles luego del proceso. 

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